Ya tengo mi entrada ¿Qué debo saber?

Los titulares del establecimiento, el organizador del espectáculo, así como el personal dependiente de éstos, están obligados a impedir el acceso de personas al establecimiento y, en su caso, la permanencia de éstas en el mismo, en los siguientes supuestos:

  1. Se podrá denegar el acceso a la sala transcurridos 20 minutos del comienzo del espectáculo, siempre que la entrada a la sala con demora pueda resultar molesta para el resto de clientes ubicados en sus respectivas butacas.
  2. Se podrá denegar el acceso a la sala a quién se acompañe de animales, con la excepción de perros-guía.
  3. Se podrá denegar el acceso a la sala cuando, la persona que pretenda acceder al establecimiento o se encuentre en su interior, manifieste comportamientos de diversa índole que atenten contra el orden social en general o causen molestias a otros espectadores o usuarios, o dificulten el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
  4. Las localidades previamente asignadas a cada cliente podrán ser liberadas una vez transcurridos 10 minutos desde el inicio del espectáculo
  5. Los niños entre 0-4 años no tienen localidad reservada. La dirección de La Alboreá podrá asignar butaca a niños en esta franja de edad, siempre y cuando no se alcance el 100% del aforo.
  6. La dirección de La Alboreá podrá requerir a los padres/acompañantes de los niños entre 0-4 años a abandonar la sala en caso de que estos dificulten el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
  7. La apertura de puertas tiene lugar entre 25-30 minutos antes del inicio del espectáculo.
Ir arriba